TERCERÍA DE POSESIÓN
Los embargos son comunes cuando se tiene una deuda impaga y el acreedor realiza una cobranza judicial. Sin embargo, en algunos casos, dentro de un embargo se incluyen bienes que no pertenecen al deudor, es decir, embargos por bienes ajenos. Para recuperar la propiedad del bien y evitar que este sea rematado, debe interponerse una Tercería de Posesión. En Asesoría Deudores te ayudamos para que recuperes tus bienes.
¿Cómo se interponen las Tercerías?
Las Tercerías de Posesión también pueden ser preventivas, deben interponerse ante los Juzgados Civiles y tiene que ser realizado, de forma obligatoria, por un abogado. En Asesoría Deudores contamos con una amplia experiencia en este servicio y estamos contigo durante todo el proceso: interposición y notificación, contestación, presentación de pruebas y sentencia.
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